
"considerar que el Sr. D. Pedro José González-Trevijano (Rector de la Universidad Rey Juan Carlos desde 2002) no reunía los requisitos exigidos en el artículo 77.3 de los Estatutos de la URJC, (David Ríos) impugnó la resolución de la Junta Electoral Central de la URJC, por la que se admitía provisionalmente al citado candidato, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 14.2 del Reglamento para Elecciones a Rector, aprobado por Acuerdo del Consejo de Gobierno de la URJC, de 21 de octubre de 2005."
En esta primera ocasión, el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo dictó sentencia a favor del actual Rector al considerar un informe de la Comunidad de Madrid que respaldaba la candidatura del actual Rector. Esto hizo posible el tercer mandato consecutivo de Pedro González-Trevijano, por cuanto el primero no era computable.
Para más detalles, David Ríos, declaró en una entrevista publicada el 22 de diciembre de 2009 lo siguiente:
“P.- Tanto la Consejería de Educación como la Junta Electoral le dieron la razón porque su primer mandato empezó un año antes de la aprobación del Estatuto donde se incluye esa restricción de dos mandatos. Según Educación, el estatuto no tiene efecto retroactivo. ¿A usted qué le parece esta decisión? ¿Cómo la ha rebatido?”
R.- Sorprendentemente, la Consejería de Educación emitió un informe no vinculante que daba por buena la presentación de González-Trevijano a su tercer mandato consecutivo. El informe se emitió mucho antes del inicio del proceso electoral, evidenciándose una apuesta de la Comunidad de Madrid por dicho candidato. Este es un claro ejemplo de intromisión en la autonomía universitaria de que goza la URJC desde 2003, año en que se aprobaron sus Estatutos. Dicho informe no vinculante, que no aclara en absoluto la situación que se plantea, no entra a analizar lo dispuesto en la LOU que, como ya he comentado, es la norma que da cobertura a los Estatutos.”
Posteriormente, recurrió esta sentencia ante el Tribunal Supremo que, en este caso, ha dictado sentencia a favor del demandante el 3 de abril de 2011:
"Estimamos el recurso de apelación interpuesto por Don David Ríos Insúa representado por la procuradora Doña Myriam González Fernández contra la sentencia de 10 de enero de 2011 del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 23 de Madrid, la cual revocamos por su disconformidad a derecho, y en consecuencia anulamos la proclamación de la candidatura de Don Pedro José González-Trevijano Sánchez a las elecciones a Rector convocadas el 23 de octubre de 2009, con retroacción del proceso electoral al momento inmediato anterior al de la proclamación provisional. Sin condena en costas".
Pero si alguno de ustedes pensaba que esto terminaría aquí, ni mucho menos.
La universidad publicó el 13 de abril de 2011 (aunque no aparezca en el documento) una nota de prensa en la que firma que recurrirá dicha sentencia ante el Tribunal Constitucional. En la nota de prensa, se afirma que dicha sentencia "atenta directamente contra la garantía institucional de la autonomía universitaria" (art. 27.10 de la Constitución).
Y por otra parte, hace una mención un tanto desacertada sobre los resultados electorales de 2009:
“Deben recordarse los resultados de aquellas elecciones en las que el Catedráitico González-Trevijano obtuvo casi el 70 por ciento de los votos del conjunto de los sectores de la Comunidad Universitaria y el recurrente Sr. Ríos Insúa no llegó al 22 por ciento.”
Según los datos oficiales, se le atribuyen al candidato ganador un 68,98% de los votos; David Ríos quedaría detrás con el 21,64% de los votos y en tercer lugar, Armando Torrent con un 3,21%. Estos datos no tienen en cuenta la abstención. Además, el número de electores de los sectores A y C (profesores doctores y alumnos) es mayor al de los datos ofrecidos por la universidad en la revista de noviembre. Según los datos ofrecidos por la universidad, el número de profesores doctores es de 575, y según la Junta Electoral Central, 580; y el número de alumnos, 26696 y 26287 según las respectivas fuentes. Si tenemos en cuenta la abstención (28,48%), Pedro González-Trevijano ha obtenido un 52,14% de los votos, David Ríos un 13,12% y Armando Torrent un 1,37%.
Si el recurso es admitido, la resolución definitiva podría tardar otros tantos años. Para entonces, el actual Rector habría prácticamente completado su tercera etapa en el cargo; y poco sentido tendría la resolución a nivel práctico.
Y unos cuantos habremos terminado la carrera.

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